Preguntas Frecuentes
SEGUROS DE AUTOMÓVIL
VENDÍ MI AUTO, ¿DEBO NOTIFICARLO?
Claro! Si vendiste tu vehículo es fundamental que te acerques a nuestra oficina para cancelar el seguro si no vas a adquirir uno nuevo. O en caso de comprar otro, para realizar el cambio de vehículo en tu póliza vigente. También es importante que realices la transferencia municipal y la compraventa para evitar responsabilidades futuras.
¿QUÉ ES EL DAÑO PROPIO?
El daño propio es el daño que sufre tu vehículo por un accidente, ya sea un choque, vuelco u otro evento cubierto por la póliza. A diferencia de los daños a terceros, que afectan a otros vehículos o personas, el daño propio cubre las reparaciones o reposición de tu auto según los términos de la póliza.
COMPRÉ UN AUTO A NOMBRE DE OTRA PERSONA, PERO SOY YO QUIEN LO UTILIZARÁ. ¿A NOMBRE DE QUIÉN DEBE REALIZARSE LA PÓLIZA?
El seguro debe contratarse a nombre del propietario del vehículo, por lo que debería realizarse a nombre de quien fue adquirido.
¿QUÉ SE ENTIENDE POR ZONA DE CIRCULACIÓN? ¿ES REALMENTE IMPORTANTE?
La zona de circulación es el área en que circula mayormente el vehículo. En algunas compañías se habla también de zona de permanencia. Es importante ya que según la compañía en la cual contrates esto puede ser un aspecto clave que determine a la hora de un siniestro, la cobertura o no del mismo. Y ello porque existen zonas donde el riesgo es mayor, por lo cual la tarifa puede ser más elevada.
NECESITO CERTIFICADO SOA, COPIA DE PÓLIZA Y/O TARJETA VERDE. ¿QUÉ DEBO HACER PARA OBTENERLOS?
Si recibiste la documentación de tu seguro por mail, allí tienes acceso a todos estos documentos. Pero si no los encontras, comunícate con nosotros por cualquiera de nuestras vías de contacto que con gusto te los enviamos a donde estes! CONTÁCTANOS AQUÍ.
TUVE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, ¿QUÉ DEBO HACER?
Si tuviste un accidente hace CLICK AQUÍ para ver nuestro instructivo y acceder a los números de las diferentes compañías aseguradoras.
¿QUÉ ES EL DEDUCIBLE? ¿SIEMPRE CORRESPONDE PAGARLO?
El deducible es el monto que debe asumir el asegurado en caso de un siniestro antes de que la compañía de seguros cubra el resto del daño. Se establece en la póliza y puede ser un monto fijo o un porcentaje.
No siempre es necesario pagarlo. Por ejemplo, si el siniestro fue causado por un tercero identificado y su seguro se hace cargo, el deducible no se aplica.
¿SI TENGO UN SINIESTRO Y LLEVABA ACOMPAÑANTES EN MI AUTO, SE LOS INDEMNIZA?
Las personas transportadas que no sean familiares del asegurado o del conductor (cónyuge y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad), o que no estén en relación de dependencia laboral con el titular de la Póliza serán indemnizadas por tu póliza, siempre y cuando fueran transportadas en las condiciones adecuadas y no excedan en cantidad a las habilitadas para tu vehículo en la libreta de circulación.
¿CUÁL ES EL VALOR DEL VEHÍCULO QUE SE TENDRÁ EN CUENTA A LA HORA DE INDEMNIZAR UN SINIESTRO?
Se tendrá en cuenta el valor de mercado, es decir el precio de venta del vehículo en el mercado al momento del siniestro, considerando su marca, modelo, año y estado.
¿ES NECESARIO TENER LOS TÍTULOS DE PROPIEDAD DEL VEHÍCULO PARA COBRAR UN SINIESTRO?
Dependiendo de la compañía en la cual estes asegurado, ante un siniestro de pérdida total, pueden llegar a ser solicitados los títulos del vehículo. Por lo que es importante tenerlos o consultar a la hora de contratar la póliza.
SEGUROS DE HOGAR, INCENDIO Y EMPRESA
¿CÓMO DEBO PROCEDER ANTE UN SINIESTRO?
Si tuviste un siniestro hace CLICK AQUÍ para ver nuestro instructivo y acceder a los números de las diferentes compañías aseguradoras.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ASEGURAR MI HOGAR?
Existen diferentes propuestas y coberturas para asegurar tu hogar, algunas con exigencias de seguridad y otras no. Por lo que te recomendamos que nos consultes, así juntos podremos encontrar el seguro que mejor se adapte a vos.
¿QUÉ CUBRE UN SEGURO DE HOGAR?
Un seguro de hogar puede brindar cobertura integral frente a los riesgos de incendio, daños ocasionados por fenómenos de la naturaleza, riesgo de robo y/o hurto del mobiliario y daños de los electrodomésticos y equipamiento electrónico, rotura de cristales, gastos de remoción de escombros, daños por agua a causa de rotura de cañerías, y la responsabilidad civil frente a terceros por hechos privados, entre otros riesgos. Las variantes son muchas.
¿SE PUEDEN INCLUIR ELECTRODOMÉSTICOS Y EQUIPAMIENTO ELECTRÓNICO?
Sí. En este tipo de seguros se pueden cubrir equipos de música, computadoras, televisores y cualquier aparato electrónico o eléctrico. Para ello se deben declarar al momento de realizar el seguro o en cualquier momento de su vigencia el equipo a asegurar, características, numero de serie y valor.
¿QUÉ NECESITO PARA CONTRATAR UN SEGURO DE INCENDIO DE EDIFICIO?
Para que puedas contratar un seguro de incendio de edificio es necesario saber el valor de edificación actual de la propiedad.
SI SE GENERA UN INCENDIO EN MI PROPIEDAD Y OCASIONA DAÑOS A MIS VECINOS, ¿ESTÁ CUBIERTO?
La cobertura de Incendio, por sí misma, no cubre los daños a vecinos; pero existe la posibilidad de contratar el adicional de cobertura de Responsabilidad Civil hacia linderos, y de esta forma estarás protegido ante los daños que un incendio pueda provocar a tus vecinos.
¿QUÉ CUBREN LOS SEGUROS PARA COMERCIOS?
Estos seguros puede brindar cobertura a riesgos de incendio, y daños de la naturaleza que puedan afectar al comercio, tanto sea a su edificio como a su contenido.
Rotura de cristales, gastos de remoción de escombros, daños por agua a causa de rotura de cañerías.
También, pueden cubrir el robo de los bienes del comercio, como también de los equipos electrónicos; robo de valores, reclamos hacia el establecimiento por la responsabilidad civil y comercial, entre otros riesgos. Consultanos y ajustamos la propuesta a las necesidades de tu negocio.
TEMAS VARIOS
QUIERO HACER CAMBIOS EN MI PÓLIZA, ¿QUÉ DEBO HACER?
Si necesitas modificar tu póliza, podes concurrir a nuestra oficina de lunes a viernes de 08:30 a 18:00 horas o contactarte por mail o WhatsApp.
NO RECIBÍ EL CUPÓN O FACTURA DE PAGO, ¿QUÉ HAGO?
Contáctate con nosotros por WhatsApp y en unos minutos tenes un duplicado en tu celular.
¿ES POSIBLE CAMBIAR LA FORMA DE PAGO DE MI PÓLIZA?
Si, es posible. Podes concurrir a nuestra oficina de lunes a viernes de 08:30 a 18:00 horas o contactarte por mail o WhatsApp.
MI SEGURO SE CANCELÓ POR FALTA DE PAGO, ¿CÓMO HAGO PARA PAGAR LA DEUDA?
Si tu póliza se canceló por falta de pago, te aconsejamos que la abones en cuanto puedas, ya que solo así podrás suscribir futuras pólizas en la compañía en que te encontrabas asegurado. Para ellos tenes que concurrir a nuestra oficina y ahí te daremos los cupones correspondientes para efectuar el pago o solicitaremos a la compañía el monto a pagar, según sea el caso.
RECIBÍ UNA CITACIÓN/NOTIFICACIÓN JUDICIAL, ¿QUÉ DEBO HACER?
Ante cualquier notificación o citación judicial que recibas es importante que la lleves a nuestra oficina de forma inmediata para que podamos notificarlo a la compañía y de esta forma se pueda brindar la asistencia letrada necesaria.
GARANTÍAS DE ALQUILER
SOY EMPLEADO Y NECESITO CONTRATAR UNA GARANTÍA DE ALQUILER. ¿QUÉ REQUISITOS ME SOLICITAN?
Si bien los requisitos dependen de la compañía elegida para suscribir la póliza, en términos generales se solicita: los últimos de 3 a 6 recibos de sueldo; no estar en el Clearing de informes y una antigüedad laboral mínima de 6 meses.
¿Y SI SOY TRABAJADOR O PROFESIONAL INDEPENDIENTE?
En este caso se solicitará Certificado de Ingresos elaborado por Contador Público, Certificado de BPS y DGI vigente así como Declaración Jurada presentada a Dgi el último año si corresponde; no estar en el Clearing de informes y una antigüedad comercial mínima de entre 6 meses a 1 año o incluso más, según el caso.
MIS INGRESOS NO ALCANZAN A CUBRIR LOS REQUISITOS QUE ME SOLICITA LA GARANTÍA PARA EL ALQUILER QUE VOY A CONTRATAR. ¿QUÉ PUEDO HACER?
En estos casos, se pueden sumar los ingresos de varias personas para una misma garantía de alquiler. Consúltanos que según la compañía que elijas te decimos hasta cuantas personas se admiten.
UNA VEZ ACEPTADO EL ANÁLISIS DE CRÉDITO, ¿CUÁNTO DURA MI APROBACIÓN?
La aprobación dura 30 días, pero si no llegas a concretar el alquiler en ese período se puede realizar otro análisis sin costo.
SI ESTOY EN EL CLEARING, ¿HAY FORMA DE SOLICITAR UNA PÓLIZA DE GARANTÍA DE ALQUILER?
No. Ninguno de los solicitantes puede estar en el Clearing de Informes, porque de estarlo la misma es rechazada. Incluso, una vez abonada la deuda para salir del Clearing de informes, deben pasar 6 meses para poder solicitar una garantía de alquiler.